Una mujer fue acusada de estafa por brindar tratamientos a niños con TEA con una falsa psicóloga
La imputada por usurpación de títulos y la dueña de un centro terapéutico cerraron el expediente a través de una probation. Cómo era la maniobra.
Resumen para apurados
Una mujer que se presentaba como psicóloga y la propietaria de un centro terapéutico fueron acusadas de usurpación de títulos y de haber cometido estafas mediante la prestación de tratamientos a niños con trastorno del espectro autista (TEA) durante casi tres años. Las imputadas accedieron a una probation o suspensión del juicio a prueba.
Según la investigación que realizó el fiscal Diego Hevia, entre abril de 2022 y febrero de 2025, Romina del Carmen Soldevilla brindó atención psicológica a dos niños en el Centro Terapéutico Educatea, ubicado en Don Bosco al 3.900, en la capital tucumana.
De acuerdo con la acusación, la mujer, pese a no poseer título universitario en Psicología, matrícula profesional ni autorización legal para ejercer, atendió a los menores en sesiones de psicoterapia, intervino como integrante del área de psicología del centro, brindó tratamientos terapéuticos, participó en reuniones escolares como especialista del equipo externo y firmó documentación institucional vinculada al seguimiento terapéutico de los niños. Todas estas actividades las habría desarrollado presentándose como profesional ante los padres, la institución educativa a la que asistían los menores y el equipo interdisciplinario.
Allegados a los denunciantes confirmaron que el fiscal Hevia, la conducta atribuida a Soldevilla fue posible por el aporte esencial de Marina Roxana Álvarez, titular, directora y responsable del centro terapéutico, quien, según la investigación, sabía que aquella no poseía título habilitante ni matrícula profesional.
"Pese a ello, la incorporó al área de psicología de Educatea, la presentó y mantuvo ante terceros como psicóloga, le asignó la atención de los menores, le proporcionó espacio físico, la estructura institucional, la agenda de pacientes, el marco de funcionamiento interdisciplinario y la cobertura formal necesaria para que pudiera desarrollar actos propios de esa profesión", sostuvo Hevia en la acusación.
El representante del Ministerio Público también señaló que Álvarez permitió que las prestaciones realizadas por la supuesta falsa psicóloga fueran incorporadas al circuito formal de asistencia del establecimiento. Además, le atribuyó haber presentado, o dispuesto que se presentaran, ante las obras sociales la documentación y la facturación correspondientes a servicios brindados por una persona que no estaba habilitada para ejercer esa profesión. El perjuicio económico estimado por la Fiscalía fue de casi $3,5 millones.
Hevia acusó a Soldevilla de usurpación de títulos y honores, y a Álvarez, de participación en ese delito y de estafa, en concurso real. Según informó la auxiliar fiscal Daniela Briz Tomas, siguiendo las instrucciones de Hevia, ambas mujeres acordaron pagar una reparación económica total de $8 millones, a razón de $4 millones cada una, y realizar tareas comunitarias durante 12 meses en los movimientos juveniles de los colegios Tulio y Lorenzo Maza.
Asistidas por Macario Santamarina, las acusadas solicitaron acceder a una probation. Esta figura, denominada jurídicamente suspensión del juicio a prueba, es una salida alternativa prevista en el Código Penal argentino que permite que una persona acusada de un delito evite una condena si cumple determinadas condiciones impuestas por la Justicia.
Cuando se concede una probation, el proceso penal queda suspendido durante un período determinado. En ese tiempo, las imputadas deben cumplir las reglas de conducta fijadas por el tribunal, entre ellas las tareas comunitarias y los compromisos de reparación económica que correspondan.
En términos generales, este mecanismo está previsto para determinados delitos y depende de las condiciones establecidas en el artículo 76 bis del Código Penal. La norma contempla supuestos de delitos con penas máximas de hasta tres años, pero también permite analizar otros casos cuando resulte procedente una eventual condena de ejecución condicional y se cuente con el consentimiento fiscal. Si las acusadas cumplen las condiciones durante el plazo fijado y los demás requisitos legales, la acción penal se extinguirá y la causa se cerrará sin condena. En caso de incumplimiento, el proceso podrá reanudarse.
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