Tras el incendio, revocan la prisión domiciliaria a Ramiro Petros y vuelve a un calabozo

El juez Héctor Salomón dispuso dejar sin efecto la medida luego de incorporar un nuevo informe del Cuerpo Médico Forense, que determinó una evolución favorable en el estado de salud del imputado. Además, se consideró que el inmuebl…

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Tras el incendio, revocan la prisión domiciliaria a Ramiro Petros y vuelve a un calabozo
Tras el incendio, revocan la prisión domiciliaria a Ramiro Petros y vuelve a un calabozo

El juez Héctor Salomón dispuso dejar sin efecto la medida luego de incorporar un nuevo informe del Cuerpo Médico Forense, que determinó una evolución favorable en el estado de salud del imputado. Además, se consideró que el inmueble donde cumplía la domiciliaria quedó inhabitable tras un incendio.

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Tras el incendio, revocan la prisión domiciliaria a Ramiro Petros y vuelve a un calabozo Tras el incendio, revocan la prisión domiciliaria a Ramiro Petros y vuelve a un calabozo

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El Juzgado de Control y Garantías de Capital resolvió revocar la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario que cumplía Ramiro Agustín Petros y dispuso su traslado a la Seccional Primera, donde quedó alojado a disposición de la Justicia.

La decisión fue adoptada por el juez Héctor Salomón, luego de analizar un nuevo informe elaborado por el Cuerpo Médico Forense y las circunstancias ocurridas en el domicilio donde el imputado cumplía la medida.

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Según el informe médico incorporado al expediente, Petros presenta una evolución favorable de su cuadro de salud. El examen determinó que se encuentra lúcido, orientado, con movilidad por sus propios medios y con signos vitales estables. Además, se constató una saturación basal de oxígeno del 99% y una frecuencia cardíaca de 78 latidos por minuto.

El único diagnóstico consignado por los profesionales fue hipertensión arterial leve, bajo tratamiento médico, por lo que concluyeron que actualmente no existe un cuadro clínico excepcional que resulte incompatible con su alojamiento en un establecimiento de detención.

La resolución judicial también tuvo en cuenta el incendio registrado durante la madrugada del 28 de julio en el inmueble donde Petros cumplía el arresto domiciliario. El siniestro obligó a la evacuación preventiva del edificio y requirió la intervención de Bomberos, personal policial, servicios de emergencias, GASNOR y EDESE.

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De acuerdo con lo expresado en la resolución, el lugar dejó de reunir las condiciones necesarias de seguridad para continuar con el cumplimiento de la medida, al representar un riesgo para los ocupantes del edificio, vecinos y personal que intervino en la emergencia.

El magistrado sostuvo que la prisión domiciliaria constituye una modalidad excepcional de cumplimiento de la prisión preventiva y que puede ser revisada cuando cambian las circunstancias que motivaron su otorgamiento.

Finalmente, el juez hizo lugar al pedido formulado por la Fiscalía y ordenó revocar la medida concedida oportunamente a Petros, disponiendo que continúe bajo prisión preventiva en la modalidad que determine la autoridad competente, garantizando la atención médica y farmacológica que pudiera requerir.

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