Revocaron la probation a un médico acusado de mala praxis
Revocaron la probation a un médico acusado de mala praxis. La Justicia ordenó que continúe la causa y cuestionó la reparación ofrecida

El Tribunal Nº 3 del Colegio de Jueces en lo Penal revocó la suspensión del juicio a prueba que fue concedida al cirujano Samir Nofal, imputado por lesiones culposas en una causa por presunta mala praxis.
La decisión fue unánime. Los jueces Laura Molino, Yanina del Viso y Jorge Sabaini Zapata hicieron lugar a la apelación presentada por la querella contra la resolución de la jueza de Garantía Nº 4, Luciana Banó.
Con el fallo, la probation quedó sin efecto y la causa continuará su trámite.
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La denuncia por la cirugía
El expediente se inició tras una cirugía estética de implante mamario realizada a una mujer joven.
La querella denunció que, después de la intervención, la paciente sufrió apertura de heridas, supuración, necrosis, retiro de las prótesis y secuelas permanentes, además de otras intervenciones posteriores.
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También cuestionó las condiciones en las que se realizaron algunas prácticas y planteó la falta de un consentimiento informado adecuado.
La víctima fue escuchada
Durante la audiencia de apelación, la mujer declaró ante los jueces y relató los dolores, tratamientos y secuelas físicas y emocionales que atribuyó a lo ocurrido.
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También rechazó la reparación económica ofrecida por la defensa, de $9 millones en tres cuotas, al considerar que no alcanza para afrontar las intervenciones que debió realizarse y las que aún tiene pendientes.
El Tribunal consideró que existía una "desproporción abismal" entre el daño denunciado y el monto ofrecido.
Además, señaló que no se acreditaron dificultades económicas del médico que permitieran considerar que esa suma representaba su máximo esfuerzo.
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El derecho de la víctima y la perspectiva de género
Uno de los puntos centrales del fallo fue el derecho de la víctima a ser escuchada antes de conceder la probation.
Los jueces indicaron que no alcanza con notificar a sus representantes legales: la persona damnificada debe tener una participación real y previa a una decisión de este tipo.
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La querella también había pedido que el caso fuera analizado con perspectiva de género, ante los tratamientos y prácticas que denunció la mujer.
El Tribunal aclaró que esto no implica determinar que existió violencia de género, sino que la jueza debe analizar ese planteo y brindar una respuesta fundada antes de resolver sobre una salida alternativa al juicio.
La causa continuará
Con la decisión del Tribunal Nº 3, la suspensión del juicio a prueba quedó revocada y el expediente deberá continuar su trámite.
El fallo no determina en esta instancia la responsabilidad penal de Nofal ni resuelve si existió violencia de género. Esos aspectos deberán ser analizados durante el avance de la causa.
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