Campaña antiargentina: qué dice el DNU sobre las causales para expulsar extranjeros
El DNU incorpora nuevas causales para impedir el ingreso o expulsar a extranjeros por mensajes de odio, incitación a la violencia o ultraje a los símbolos patrios.

El DNU incorpora nuevas causales para impedir el ingreso o expulsar a extranjeros por mensajes de odio, incitación a la violencia o ultraje a los símbolos patrios.
El Gobierno modificó la Ley de Migraciones e incorporó nuevas causales para impedir el ingreso o expulsar a extranjeros por mensajes de odio contra los argentinos, incitación a la violencia o ultraje a los símbolos patrios. (Foto de archivo)
El Gobierno nacional modificó la ley de Migraciones mediante el DNU 681/2026 e incorporó nuevas causales para impedir el ingreso al país o cancelar la residencia de extranjeros que promuevan mensajes de odio o actos de hostilidad contra los argentinos. La norma también incluye sanciones para quienes ultrajen los símbolos patrios o inciten a cometer esas conductas.
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La medida, publicada este jueves en el Boletín Oficial, modifica los artículos 29, 62 y 63 de la Ley 25.871. Según el Poder Ejecutivo, el objetivo es reforzar las herramientas del Estado para proteger "al pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional" frente a conductas que considera incompatibles con la convivencia democrática.
En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo sostiene que en los últimos años "han aumentado considerablemente los mensajes de odio y actos de hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional". A partir de ese diagnóstico, afirma que resulta necesario impedir el ingreso o la permanencia de extranjeros que hayan protagonizado ese tipo de acciones.
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El DNU incorpora un nuevo inciso al artículo 29 de la ley de Migraciones que establece las siguientes causales para rechazar el ingreso de un extranjero al país:
Las mismas causales fueron incorporadas al artículo 62 de la ley, por lo que también podrán utilizarse para cancelar la residencia de un extranjero que ya se encuentre en el país. En esos casos, la normativa prevé la intimación a abandonar el territorio nacional o la expulsión, según las circunstancias particulares de cada caso.
El texto del DNU no establece un listado concreto de expresiones o conductas que constituyan un agravio contra los argentinos. En cambio, utiliza conceptos generales como "mensajes de odio", "actos de hostilidad y menosprecio", "incitación a la violencia" y "ultraje a los símbolos patrios".
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Esto implica que la norma no define ejemplos específicos de qué expresiones quedarían alcanzadas, por lo que su aplicación dependerá de la interpretación que realicen las autoridades migratorias y, eventualmente, de la revisión judicial.
Al mismo tiempo, el decreto incorpora una cláusula que busca preservar la libertad de expresión. En ese sentido, aclara que no podrán ser consideradas causales de inadmisión o expulsión las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas, siempre que constituyan un ejercicio legítimo de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional.
COMUNICADO OFICIAL
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OFICINA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
La Oficina del Presidente informa que el Presidente Javier G. Milei ha firmado un Decreto de Necesidad y Urgencia que incorpora como causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a todo extranjero que dirigiere o incitare mensajes de odio, discriminación y/o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por razón de su nacionalidad, así como el ultraje a los símbolos patrios.
Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país.
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Javier G. Milei
Presidente de la Nación
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